legitimario
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La Ley de Enjuiciamiento Civil no contempla esta acción, pero la impugnación de las disposiciones testamentarias (o de los actos de Liberalidad realizados entre vivos por el testador) que mengüen la legítima de los herederos forzosos habrá de realizarse a través de los trámites del juicio declarativo ordinario, entendiéndose mayoritariamente que no prescribe hasta transcurridos…
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El presupuesto que activa esta opción es que alguno de los legitimarios sea omitido en el testamento, de tal manera que la legítima no solo se ve protegida en sentido material, sino también formal, pues el causante está obligado a tener en cuenta a sus herederos forzosos en el caso de que decida otorgar testamento.
